La Defensoría del Consumidor financiero fue incluida en la ley 1328 de julio de
2009 como institución obligatoria para las entidades vigiladas por la Superintendencia
Financiera de Colombia, la cual fue reglamentada mediante el decreto 2555 del 15
de julio de 2010. El defensor del consumidor financiero atiende las quejas y/o sugerencias
de la Financiera Juriscoop.
Estarán exceptuados del conocimiento y trámite ante el Defensor del Consumidor Financiero
los siguientes asuntos:
-
a) Los que no correspondan o no estén directamente relacionados con el giro ordinario
de las operaciones autorizadas a FINANCIERA JURISCOOP. En este caso, se aclara expresamente
que los asuntos relacionados con los productos y servicios ofrecidos por la Cooperativa
del Sistema Nacional de Justicia Juriscoop, matriz de FINANCIERA JURISCOOP, así
como los relacionados con la calidad de asociado a dicha organización cooperativa,
no están sujetos al conocimiento y trámite ante el Defensor del Consumidor Financiero.